El alto tribunal revisará algunos decretos que se emitieron en el marco de la emergencia.
Luego de que la Corte Constitucional culminara la revisión del decreto 1085 de 2023 en el que se declaró estado de emergencia en La Guajira por parte del presidente Gustavo Petro, el alto tribunal socializó la inexequibilidad de la norma.
De acuerdo con esto, el decreto ya no puede ser aplicado debido a que ha sido declarado contrario a la Constitución de Colombia. Asimismo, a través de un comunicado, el tribunal anunció la concesión de efectos diferidos al decreto.
«Conceder efectos diferidos a esta decisión por el término de un (1) año, contados a partir de la expedición del Decreto 1085 de 2 de julio de 2023, respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua», se lee en el documento.
Quiere decir que, de acuerdo con jurisprudencia de la misma Corte, el decreto no se caerá enseguida, sino que seguirá vivo hasta el próximo 2 de julio de 2024. En ese tiempo, la Corte revisa los demás decretos que salieron en el marco de la emergencia y se insta al Gobierno y Congreso a adoptar medidas.
Finalmente, en un tercer apartado, la Sala Plena invitó al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira constatada en la Sentencia T-302 de 2017.
Según la autoridad, se debe «garantizar la efectividad de los derechos fundamentales de las personas que habitan en esa zona del país. Así mismo, para que fortalezcan las instituciones previstas en el ordenamiento jurídico con competencias en materia de cambio climático y le asignen los recursos que las circunstancias demanden
En la decisión de la Sentencia, votaron las magistradas Natalia Ángel y Cristina Pardo y el magistrado Juan Carlos Cortés.
Por su parte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez y la magistrada Paola Meneses aclararon su voto y el magistrado Alejandro Linares reservó su aclaración de voto.