El alto tribunal señala que los interrogantes del Ministerio de Salud, no respondían a dudas legítimas, sino que pretendían reabrir debates ya concluidos y cuestionar decisiones de fondo de la Corte.
La Corte Constitucional negó una solicitud del Ministerio de Salud que pretendía aclarar el Auto 504 de 2025, relacionado con las medidas cautelares adoptadas sobre la mesa técnica de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
El ministerio alegaba la necesidad de mayor claridad en algunas expresiones del auto, al considerarlas ambiguas para su adecuada ejecución. Incluso cuestionó la competencia de la Corte para pronunciarse sobre aspectos técnicos del cálculo de la UPC y señaló una presunta falta de sustento técnico frente al rezago de esta prima.
No obstante, el alto tribunal ratificó que el mecanismo de aclaración no tiene como propósito reabrir el debate sobre el fondo de decisiones ya adoptadas. “La solicitud excedía el objeto limitado de este mecanismo procesal”, precisó la Corte.Play Video
“En conclusión, la Sala evidencia que los planteamientos e interrogantes del Ministerio de Salud se orientan, entre otras cosas, a indagar a la Sala sobre el sustento técnico para referirse al rezago y a la insuficiencia de la UPC, tema ampliamente abordado en el Auto 007 de 2025, lo que refleja la intención del Ministerio de reabrir el debate”, indicó la Corte.
La UPC, o Unidad de Pago por Capitación, es el valor que el Ministerio de Salud gira a las EPS por cada afiliado para cubrir los servicios del Plan de Beneficios en Salud.
El llamado “rezago en la UPC” hace referencia a montos que no fueron pagados en la vigencia correspondiente y que, al no reconocerse posteriormente, se acumulan como deuda.
Este pronunciamiento de la Corte Constitucional adquiere relevancia en el actual momento del sistema de salud, recordando que la UPC debe ser reajustada de forma oportuna para garantizar la sostenibilidad del servicio.