La máxima Corte adelantó que el proceso electoral interno que realizó un sector de la derecha queda sin validez por una investigación en curso.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela decidió suspender «todos los efectos de las distintas fases» de la elección interna que realizó la llamada «Comisión Nacional de Primarias», tras un recurso contencioso electoral que interpuso el aspirante a esa consulta interna y diputado a la Asamblea Nacional (AN) José Brito Rodríguez.
A través de la SENTENCIA 122, divulgada este lunes por la Sala Electoral del TSJ, se detalla que la demanda de BRITO obedece a un «amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primarias, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024″.
El fallo indicó que la Sala tiene «competencia» para conocer la denuncia de Brito, así como «todos los actos dictados en el «proceso del evento político de PRIMARIAS». En consecuencia, añade el Tribunal, «se admite» el recurso interpuesto contra los polémicos comicios internos que celebró el ala radical de la oposición.
En el fallo, la Corte ordena a la Comisión opositora remitir, «de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia», los antecedentes administrativos de las 25 fases que deben regir al proceso electoral. Esto incluye: laconvocatoria y su constitución como Comisión Electoral, cronograma electoral, registro electoral y postulaciones «con sus lapsos de impugnación y depuración».
En el caso de las postulaciones, la Corte indicó que la Comisión debe presentar el acta de aceptación de la candidatura primaria de «la ciudadana inhabilitada de manera firme por 15 años, María Corina Machado ―quien fue proclamada como ganadora―; así como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, inhabilitado de manera firme por 15 años, Freddy Superlano, inhabilitado de manera firme por siete años, y las de cualquier otro ciudadano o ciudadana que haya decidido renunciar a su candidatura».
De igual forma, los organizadores de las primarias opositoras deben presentar al TSJ toda la documentación del evento celebrado el 22 de octubre de 2023, «incluidas las actas de constitución de las mesas electorales, los cuadernos de votación, las papeletas de votación, las actas de escrutinios, así como las actas de totalización regionales, el acta de totalización definitiva, el acta de adjudicación y la de proclamación».
Posibles delitos contra la Constitución
Toda esta documentación, así como un informe «sobre los aspectos de hecho y de derecho» que detalle «el mecanismo empleado para el resguardo del material electoral y el lugar destinado a tal efecto», deben ser entregados al TSJ en un máximo de tres días a partir de tres dias a partir de éste lunes
La Sala Electoral también ordena notificar al fiscal general, Tarek William Saab, sobre el fallo, «con vista a las múltiples y graves denunciasrelacionadas con ese evento electoral«, que han sido formuladas por el diputado Brito, representantes de los Poderes Públicos del Estado y otros actores políticos a través de medios de comunicación.
El máximo tribunal venezolano considera que estos hechos «pudiesen configurar la presunta comisión de delitos contra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela», así como también ilícitos electorales y delitos comunes.